Extranjería · Residencia · Nacionalidad
Áreas de práctica
En España existen dos grandes categorías de autorización de residencia: la residencia temporal (de 90 días a 5 años, con múltiples subtipos) y la residencia de larga duración (indefinida, tras 5 años de residencia legal continuada).
La residencia temporal autoriza a residir en España por un período superior a 90 días e inferior a 5 años. Se concede inicialmente por períodos de 1 o 2 años y puede renovarse sucesivamente. Existen varios subtipos en función del motivo de la residencia.
Para quienes residen en España sin ejercer actividad laboral, acreditando medios económicos propios suficientes (mínimo 400% del IPREM anual, ~31.200 €/año).
Vinculada a un contrato de trabajo con empleador español. El primer año está limitado al empleador, sector y provincia; a partir del segundo año, sin restricciones.
Para trabajadores autónomos o emprendedores. El primer año, limitada a la comunidad autónoma y sector; desde la primera renovación, sin restricciones.
Incluye las 5 modalidades de arraigo (social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad). Permite trabajar desde el primer día.
Concedida a familiares de un residente legal en España: cónyuge/pareja, hijos dependientes y, en determinadas condiciones, ascendientes a cargo.
Para quienes cursan estudios oficiales o reglados en España. Habilita a trabajar hasta 30 horas semanales si es compatible con el horario lectivo.
La residencia de larga duración se concede tras 5 años de residencia legal continuada en España. Es la autorización más estable: no tiene límite temporal y otorga condiciones prácticamente idénticas a las de un ciudadano español para trabajar, vivir y acceder a servicios públicos.
Nota sobre normativa
La información de esta página refleja la normativa vigente en 2026 conforme al Real Decreto 1155/2024 (Reglamento de Extranjería). Las cifras de IPREM y SMI se actualizan cada año mediante Ley de Presupuestos o norma equivalente — Rebeca Pinto Camacho revisa y actualiza este contenido periódicamente.