Áreas de práctica

Reagrupación familiar

Reúnete con tus seres queridos en España. Te guiamos en cada requisito para que el proceso sea lo más rápido y seguro posible.

¿En qué consiste?

La reagrupación familiar permite a los extranjeros residentes en España reunirse con determinados familiares: cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de edad o mayores incapacitados, ascendientes y, en ciertos casos, otros familiares a cargo. Para solicitar la reagrupación, el reagrupante debe acreditar residencia legal, vivienda adecuada y medios económicos suficientes para atender a los familiares reagrupados. Una vez concedida la autorización, los familiares deben solicitar el visado en el consulado español de su país de residencia.

Requisitos principales

  • Autorización de residencia en vigor del reagrupante
  • Vivienda adecuada en España (informe del Ayuntamiento)
  • Medios económicos suficientes según el número de familiares a reagrupar
  • Documentos que acrediten el vínculo familiar apostillados y traducidos
  • Carencia de antecedentes penales en España y en el país de origen
  • Para menores: libro de familia o certificado de nacimiento apostillado
  • Para cónyuge: certificado de matrimonio apostillado
  • Seguro médico público o privado para los familiares reagrupados

Cómo trabajamos juntas

  1. 1

    Verificación de requisitos del reagrupante

    Comprobamos que tienes los requisitos de residencia, vivienda y medios económicos necesarios para iniciar el proceso.

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    Preparación del expediente

    Recopilamos todos los documentos necesarios, gestionamos las apostillas y traducciones y solicitamos el informe de vivienda.

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    Presentación ante la Oficina de Extranjería

    Presentamos la solicitud de reagrupación familiar y respondemos cualquier requerimiento adicional.

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    Gestión del visado consular

    Una vez concedida la autorización, orientamos a tus familiares sobre cómo solicitar el visado en el consulado y qué documentación aportar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo de residencia necesito para reagrupar a mi familia?

En general, debes contar con al menos 1 año de residencia legal y tener renovada o en trámite tu autorización de residencia por al menos otro año más.

¿Puedo reagrupar a mis padres?

Sí, es posible reagrupar a ascendientes en primer grado (padres) si están a tu cargo y si el reagrupante tiene residencia de larga duración, o en ciertos casos especiales.

¿Los familiares reagrupados pueden trabajar en España?

Sí. Los familiares reagrupados obtienen una autorización de residencia y trabajo, por lo que pueden trabajar en España por cuenta ajena o propia.

¿Qué pasa si se deniega la reagrupación?

Cabe recurso de alzada o recurso contencioso-administrativo. Analizamos la causa de la denegación y estudiamos las opciones disponibles.